Pleno del ITEA reitera el criterio en el sentido de que un Sujeto Obligado que se declara notoriamente incompetente en los t??rminos que se??ala el 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci??n P??blica del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, tiene que remitir de oficio la solicitud de informaci??n al competente, con la finalidad de agilizar la respuesta al ciudadano. Consulta el recurso de revisi??n 90/2019 https://cutt.ly/KyHlFP.
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